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Cumplimiento de la Propuesta 65 de California

Como ya comentamos en nuestro artículo anterior, La Propuesta 65 es una ley californiana que obliga a las empresas a advertir al público sobre determinadas sustancias químicas presentes en el medio ambiente y en los bienes de consumo, con el objetivo de proteger las fuentes de agua potable del estado.

La Proposición 65 es una ley de California que establece que “una persona que, en el curso de su actividad comercial, fabrique, produzca, ensamble, procese, manipule, distribuya, almacene, venda o transfiera de cualquier otro modo productos de consumo de los que se sepa que contienen una sustancia química que, según el estado, provoca cáncer o toxicidad reproductiva en una cantidad que requiera advertencia, deberá proporcionar una advertencia a cualquier persona a la que se venda o transfiera el producto, a menos que el producto esté envasado o etiquetado con una advertencia clara y razonable”.”

Para cumplir con la Propuesta 65, las empresas están obligadas a proporcionar una advertencia clara y razonable antes de exponer a cualquier persona a las sustancias químicas enumeradas. A finales de 2016, el Estado de California modificó el lenguaje y los métodos de advertencia que se consideran “claros y razonables” en virtud de la ley (es decir, que proporcionan un “puerto seguro” frente a la aplicación). Estas enmiendas entraron en vigor el 30 de agosto de 2018.

Exención

Las empresas con menos de 10 empleados y los organismos públicos están exentos de los requisitos de advertencia de la Propuesta 65 y de la prohibición de vertidos en fuentes de agua potable. Las empresas también están exentas del requisito de advertencia y de la prohibición de vertido si las exposiciones que causan son tan bajas que no crean un riesgo significativo de cáncer o son significativamente inferiores a los niveles observados que causan defectos de nacimiento u otros daños reproductivos.

Administración y ejecución

La Oficina de Evaluación de Peligros para la Salud Ambiental (Office of Environmental Health Hazard Assessment, OEHHA) es el organismo legal responsable de la aplicación de la normativa de la Propuesta 65 y administra el programa de la Propuesta 65. La OEHHA, que forma parte de la Agencia de Protección del Medio Ambiente de California (CalEPA), determina en muchos casos si las sustancias químicas cumplen los requisitos científicos y legales para su inclusión en la lista de la Propuesta 65, y administra la normativa que regula las advertencias y otros aspectos de la Propuesta 65.

La Oficina del Fiscal General de California hace cumplir la Proposición 65 y cualquier fiscal de distrito o fiscal municipal (para ciudades cuya población supere los 750.000 habitantes) también puede hacer cumplir la Proposición 65. Además, cualquier persona que actúe en interés público puede hacer cumplir la Proposición 65 presentando una demanda contra una empresa que presuntamente infrinja esta ley. Las demandas han sido presentadas por la Oficina del Fiscal General, fiscales de distrito, grupos de defensa de los consumidores y ciudadanos particulares y bufetes de abogados.

Niveles de la OHEEA y de puerto seguro

Para orientar a las empresas a la hora de determinar si es necesaria una advertencia o si están prohibidos los vertidos de una sustancia química en las fuentes de agua potable, la OEHHA ha desarrollado niveles de puerto seguro. Una empresa está exenta de los requisitos de la Propuesta 65 si la exposición a una sustancia química se produce a estos niveles o por debajo de ellos. Estos niveles de protección consisten en “Niveles de riesgo no significativo” para las sustancias químicas clasificadas como causantes de cáncer y “Niveles de dosis máxima permitida” para las sustancias químicas clasificadas como causantes de defectos de nacimiento u otros daños reproductivos.

La OEHHA ha desarrollado niveles de puerto seguro para aproximadamente 300 de las más de 1000 sustancias químicas que figuran en la lista de la Propuesta 65. Si el producto expone a una persona a una sustancia química a un nivel inferior al umbral máximo de seguridad, no puede haber responsabilidad por no haber proporcionado una advertencia. La OEHHA ha adoptado una normativa que orienta a las empresas a la hora de calcular su propio nivel en ausencia de un nivel de puerto seguro. La normativa está disponible en Artículo 7 y Artículo 8 del Título 27 del Código de Reglamentos de California.

Etiqueta de advertencia original

La etiqueta original de la Propuesta 65 era como una ruidosa alarma que suena igual de fuerte sobre pequeñas cantidades de sustancias de bajo riesgo que sobre enormes cantidades de sustancias químicas potencialmente nocivas. El texto de advertencia podía decir simplemente lo siguiente:

“ADVERTENCIA: Este producto contiene una sustancia química que, según el Estado de California, provoca cáncer”.”

Las etiquetas no indicaban la cantidad de producto químico presente ni la cantidad necesaria para enfermar. En 2016 se adoptó una nueva redacción de las etiquetas de advertencia para abordar estas cuestiones.

Nueva etiqueta de advertencia estándar

El nuevo lenguaje requerido para las etiquetas de advertencia entró en vigor el 30 de agosto de 2018. Los minoristas y fabricantes deben tomar medidas ahora para garantizar que sus productos cumplan con las nuevas regulaciones de advertencia de la Propuesta 65 de California. Bajo la Proposición 65, las advertencias deben ser “claras y razonables” y sugiere cierto lenguaje que considera “claro y razonable".

Prop 65 warning example
Ejemplo de advertencia para carcinógenos enumerados. Fuente: https://www.p65warnings.ca.gov/

Cómo puede mostrarse la etiqueta de advertencia

Los fabricantes y distribuidores pueden colocar versiones cortas o largas de estas advertencias, en función del tamaño del artículo y de su envase.

Por lo general, las advertencias de exposición de los productos de consumo deben figurar de forma destacada en una etiqueta, rótulo o señal. Esta advertencia puede incluirse en la etiqueta de un producto de consumo o publicarse en un periódico.

Directrices interpretativas de la Propuesta 65

La Oficina de Evaluación de Peligros para la Salud Ambiental (OEHHA) publicó las Directrices Interpretativas que interpretan la Proposición 65 y sus reglamentos de aplicación, tal como se aplican a hechos específicos. Las Directrices interpretativas reflejan la interpretación científica de la información disponible por parte de la OEHHA en su calidad de organismo principal para la aplicación de la Ley.

A continuación se muestra una cronología de las Directrices interpretativas de la Propuesta 65 publicadas entre 2008 y 2021:

  • 3 de mayo de 2021: Consumo de dióxido de azufre en la salsa de soja
  • 3 de enero de 2020: Exposición residencial al diclorvos
  • Nov 15, 2019: Emisión de Determinaciones de Uso Seguro y Directrices Interpretativas para Residuos de Clorotalonil en Ciertos Alimentos Resultantes del Uso Pesticida del Producto Químico
  • Ago 14, 2018: Exposición residencial al metileugenol
  • 28 de junio de 2012: El consumo de dióxido de azufre en los frutos secos
  • 7 de junio de 2012: Clorotalonil en los productos del tomate
  • 16 de marzo de 2012: Consumo de metanol resultante de la pectina que se produce naturalmente en frutas y verduras
  • 31 de mayo de 2011: Transferencia de plomo de mano a boca a través de la exposición a productos de consumo
  • 25 de febrero de 2011: Transferencia de plomo de mano a boca a través de la exposición a productos de consumo
  • 14 de marzo de 2008: Transferencia de plomo de mano a boca por exposición a aparejos de pesca

Información para clientes y usuarios finales

De acuerdo con los plazos y requisitos de la Proposición 65 de California, las empresas pueden facilitar la siguiente información a los clientes de todos sus productos sujetos a cumplimiento:

“La Proposición 65 no prohíbe ni restringe la venta de más de 1000 sustancias químicas enumeradas en productos o procesos de producción, sino que simplemente exige que se proporcione una advertencia clara y razonable a cualquier consumidor de California expuesto a la sustancia o sustancias químicas. El requisito de advertencia se aplica a cualquier empresa con 10 o más empleados en la cadena de distribución, incluidos fabricantes, distribuidores y minoristas que vendan productos en California. Las empresas que venden sus productos en línea o a través de catálogos también tienen requisitos de advertencia adicionales para garantizar que la advertencia esté claramente asociada con el artículo que se compra. Los infractores de la Proposición 65 pueden ser objeto de responsabilidad potencial, incluidas sanciones de hasta $2.500 al día por cada infracción”.”

Referencias y lecturas complementarias

Conclusión

La Proposición 65 de California ha seguido evolucionando desde su adopción inicial en 1986, y las empresas son responsables en última instancia de mantener el cumplimiento a medida que la normativa cambia con el tiempo. El Estado de California ofrece muchos recursos para ayudar a las empresas a cumplir la normativa y también para mantener informado al público.

Autor

  • Poongodi

    Poongodi Manickam es ingeniera de diseño y desarrollo en Talema India. Es licenciada en Ingeniería Electrónica y de Comunicaciones por la Universidad de Madrás y tiene un máster en Gestión de Recursos Humanos por la Universidad Periyar de Salem, y trabaja en Talema desde 2000.

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Poongodi Manickam es ingeniera de diseño y desarrollo en Talema India. Es licenciada en Ingeniería Electrónica y de Comunicaciones por la Universidad de Madrás y tiene un máster en Gestión de Recursos Humanos por la Universidad Periyar de Salem, y trabaja en Talema desde 2000.
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